http://www.noticierocontable.com/2014/10/trabajo-por-recibo-por-honorario-tengo-beneficios-laborales/
Recibo por Honorarios
Los recibos por honorarios son un comprobante de pago que genera rentas de 4ta categoría, que en muchos casos vienen acompañados mediante un contrato de locación de servicios.
Son rentas de 4ta categoría los ingresos que se generan por realizar un trabajo (arte, profesión, ciencia, etc) cuyo cobro se realiza sin vinculo laboral (No hay relación laboral entre empleador y trabajador).
Por lo tanto los ingresos que provienen de rentas de 4ta categoría no genera vinculo laboral, lo que significa que no hay beneficios laborales.
Posición del Ministerio de Trabajo
Cuando muchos chicos llaman al ministerio de trabajo (después de intentar como 1 hora en teléfono), la asesoría que le dicen es: que desde el primer día deben estar en planilla, por ende si les corresponde beneficios laborales.
¿Porque el MTPE menciona que si le corresponde beneficios laborales?, muy sencillo, porque suponen que en la REALIDAD si hay vinculo laboral entre empleador y trabajador.
Posición de las Empresas
Muchas empresas con el fin de “ahorrar” costos contratan trabajadores mediante recibos por honorarios, y por asesoría de sus abogados, realizan su contrato de locación de servicios (contrato con muchas cláusulas para estar protegidos).
Existe una frase que dice “No se puede tapar el sol con un dedo”, y es que por mas contrato de locación de servicios que hagan (una vez revise un contrato de 40 cláusulas) ante un principio básico del derecho todo se cae: “PRIMACIA DE LA REALIDAD”
Primacía de la Realidad
Dicho principio menciona: “en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos…” (STC N° 1944-2002-AA/TC).
Por lo tanto si un trabajador labora en una empresa (con un pago, subordinado y realiza el trabajo directamente), aun así este laborando mediante recibo por honorario o haya firmado un contrato de locación de servicio, se impone el principio de la primacía de la realidad lo que significa que le correspondería beneficios laborales.
Recomendaciones que puedes hacer
Si tu estas leyendo este articulo y te sientes identificado, te diria “tranquilo”, no vayas a ir a gerencia y pedir tus beneficios, porque lo mas seguro es que mañana ya no te dejan entrar a tu centro de trabajo. Antes de que hagas tu reclamo primero tienes que tener pruebas y para eso te recomiendo lo siguiente:
- Si tienes un correo corporativo, imprime dichos correos y guárdalos (es mucho mejor aquellos dirigidos a tu jefe), demuestras subordinación
- Si tienes fotocheck, de igual manera sácale una copia o guárdalo el original.
- Si marcas asistencia mediante tarjeta de marcación, trata de obtener una copia.
- Guarda los voucher de pagos, recibos, o el medio de pago de tu remuneración.
- Si han dado algún memorándum por alguna falta, procedimiento de trabajo, copia y guárdalo.
- Tomate fotos con compañeros de trabajo, tu jefe directo, gerencia. Aprovecha las fiestas de fin de año o cumpleaños que normalmente celebran.
- Si firmas algún cargo de recepciones de documentos de empresas terceras, guarda dichos cargos donde figuren tu nombre y la empresa donde laboras.
- Sácale copia o guarda cualquier otro documento que te vincule con la empresa.
- Trata de guardar los documentos antes mencionado de diferentes fechas (meses distintos)
Si ya tienes todos estos documentos, ya podrías reclamar, decirte que no va ser fácil (va depender mucho de la posición de la empresa). El primer paso será acudir ante el ministerio del trabajo (en la practica sunafil todavía no esta realizando dicho trabajo), y posteriormente de no solucionarse ante el poder judicial.
Si tu tienes los documentos que te he recomendado, es probable que la empresa te pague sin decir nada (se arriesga a una fiscalización del MTPE).
Resoluciones sobre el principio de la primacía de la realidad:
- EXP. N.° 1944-2002-AA/TC
- STC N° 1944-2002-AA/TC
- EXP. N.° 04691-2006-PA/TC
Recomendaciones para las Empresas
Si por asesoría legal te han recomendado contratar a tus trabajadores mediante locación de servicios, te diría que no es un consejo muy bueno, lo definiría como “una bomba de tiempo”, existen otras recomendaciones que te van ayudar mucho mejor, y tus costos no van a variar nada, en artículos siguientes abordare ese tema.
CPC Miguel Torres Chauca
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